La jubilación parcial y sus diferencias con la jubilación flexible
Si te quedan pocos años para jubilarte pero las cuentas no te salen, puedes optar por acogerte a la jubilación parcial. Esta figura de la Seguridad Social es una de las opciones para combinar unos ingresos extras con los últimos años de trabajo. ¿Sabes en qué consiste?
La jubilación parcial, según su definición, permite trabajar con el sueldo y cobrar una pequeña parte proporcional de la jubilación que nos correspondería. Para conseguir esto, es necesario cumplir con ciertos requisitos.
Si te faltan dos años como mínimo para jubilarte, y ya has cotizado 33 años a la Seguridad Social, puedes acogerte a la jubilación parcial con contrato de relevo. Esto significa que antes que el trabajador llegue a dejar por completo su puesto, la empresa debe tener contratado ya a su relevo.
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Los contratos de los trabajadores
Si el trabajador que quiere jubilarse parcialmente lleva cotizados los últimos 6 años antes de la fecha, puede solicitar una reducción de jornada y aceptar la jubilación anticipada. De esta manera, compartirá la jornada con la persona contratada para relevarle y cobrará la parte proporcional tanto de su trabajo como de la pensión.
Eso sí, es importante señalar que los dos trabajadores cotizan por su jornada laboral y, de hecho, debe haber una equivalencia de un 65% entre la base de cotización del empleado parcial y el relevista.
Un último punto a destacar es que los jubilados parciales, pese a continuar trabajando, son considerados como pensionistas a efectos de servicios sociales y de pago de las prestaciones farmacéuticas.
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Diferencias entre jubilación flexible y parcial
Muchas veces se confunde la jubilación flexible con la jubilación parcial. La primera diferencia la encontramos en la edad, ya que la jubilación parcial puede solicitarse antes de los 65 años, mientras que para acceder a una de flexible una persona ya debe estar oficialmente jubilada.
La jubilación flexible ofrece a quienes ya han llegado a la edad de jubilación, pero han encontrado una posibilidad laboral a tiempo parcial (50-75% de la jornada laboral completa), de acceder a ese empleo sin renunciar a su pensión, aunque reducida en función de las horas trabajadas. Un jubilado a tiempo parcial volverá a cobrar el total de su pensión una vez terminado su contrato laboral.